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lunes, 14 de enero de 2019

Aclaración del Certificado de Salud Oral

Saludos,

Como les comuniqué anteriormente, es necesario que los estudiantes de Kinder, 2do y 4to grado entreguen el Certificado de Salud Oral según lo establece la Ley 63 del 3 de agosto de 2017.  La misma establece entregar dicho certificado en enero.  Los exhorto a cumplir con dicha ley según se establece y comparto parte de los procesos que debo completar como Director Escolar según la ley.

El director de escuela tendrá la responsabilidad de requerir el certificado de salud oral (forma SO-001) a todo estudiante en los grados K, 2.do, 4.to, 6.to, 8.vo y 10.mo, para ser matriculado en una escuela. Para este año escolar 2018-2019, se requerirá para el inicio de clases en enero. A partir del 2019-2020, será requisito de matrícula desde el inicio de clases en agosto.  El director de escuela podrá matricular provisionalmente a un estudiante dándole un máximo de 30 días calendarios para cumplir con el requisito de entrega del certificado de salud oral.

 El director de escuela no penalizará a ningún estudiante por el incumplimiento de su padre, madre, tutor o encargado por no haber entregado el certificado de salud oral.  El director de escuela notificará al padre, madre, tutor o encargado que no haya entregado el certificado de salud, que la ley requiere que se refiera al Departamento de Familia a todo estudiante que no cumpla con la entrega del documento.  

De tener alguna duda o inconveniente con este particular, no dude en comunicarse con este servidor para aclararle o ver como le puedo ayudar.


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